A partir de las 00 horas del 25 de diciembre y hasta el 8 de enero los argentinos residentes y extranjeros autorizados deberán presentar un test de PCR negativo y la realización de una cuarentena obligatoria de 7 días para ingresar y salir del país.
La medida rige para la entrada y salida a través del Aeropuerto de Ezeiza o el Aeropuerto de San Fernando, según informó este miércoles 23 de diciembre la Jefatura de Gobierno en un comunicado.
Además, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) informará “los pasos terrestres que se encontraban habilitados hasta el momento y permitirán sólo el ingreso de ciudadanos argentinos y residentes, también con el requisito de PCR negativo y realizar cuarentena obligatoria de 7 días”.
Con esta medida queda en suspenso “la prueba piloto que autorizó el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes, tanto por en las terminales aéreas de Ezeiza y San Fernando, como por la portuaria de Buquebus. En esta terminal del Puerto de Buenos Aires sólo se autorizará el ingreso de argentinos y residentes”.
Por otro lado, los pasos fronterizos de San Sebastián e Integración Austral, ambos situados en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, queden “exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con el resto del territorio argentino”.
“Se dispuso suspender la llegada y salida de vuelos desde y hacia Italia, Dinamarca, Países Bajos y Australia, como así también mantener la restricción con Gran Bretaña, a raíz de la situación epidemiológica que registran estos países tras la aparición de una nueva cepa de COVID-19”, agregaron.
A continuación los exceptuados a las nuevas medidas:
- Diplomáticos, funcionarios, y personal esencial proveniente de los destinos habilitados deberán contar con autorización de la DNM , presentar test de PCR negativo y seguro COVID.
- Personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.
- Los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de la DNM y autoridad Sanitara, su actividad será supervisada por el Ministerio de Turismo y Deportes.
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